1. El Código Deontológico

1.2. Principios generales

Como ya habéis podido ver en el apartado anterior, el Código Deontológico catalán se divide en dos partes. En la primera constan los principios generales y en la segunda, un conjunto de normas.

En este apartado, queremos poner el foco en los principios generales que, como su nombre indica, deben guiar los principios bajo los cuales se ejerce la profesión.

La beneficencia y no maleficencia

Este principio establece el compromiso de promover y proteger los intereses legítimos de las y los usuarios, incluido su bienestar físico, psíquico y social. Por lo tanto, es un deber prioritario evitar causar daño con nuestras acciones (COPC, 2015).

La responsabilidad

Todas nuestras actividades como profesionales de la psicología se deben llevar a cabo bajo responsabilidad profesional y científica, cumpliendo las normas deontológicas. También se debe mantener una formación continuada (COPC, 2015).

La integridad

Durante el ejercicio profesional, se debe promover la exactitud, rigor, veracidad, enseñanza e investigación. Además, las relaciones con usuarios deben ser desde el respeto y el principio de honestidad (COPC, 2015).

La justicia

El ejercicio profesional debe ser equitativo y justo, sin ningún tipo de discriminación (COPC, 2015).

La legalidad

Durante el ejercicio profesional se deben respetar los derechos de privacidad, confidencialidad y autonomía personal. Además, la actividad se debe desarrollar de acuerdo con la legalidad internacional, nacional, autonómica y bajo las normas de regulación de esta profesión (COPC, 2015).